MINERALES SIN RETENCIONES

¿Por qué el decreto 563/2025 está ausente de la discusión pública?

OPINIÓN. Por Claudio Angelini

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El 6 de agosto pasado se sancionó el:

Decreto 563 / 2025 – PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

DERECHO DE EXPORTACION

Fecha de sanción 06-08-2025

Publicada en el Boletín Nacional del 07-Ago-2025

Resumen:

FIJASE EN CERO POR CIENTO (0 %) LA ALICUOTA DEL DERECHO DE EXPORTACION (D.E.) PARA LAS MERCADERIAS COMPRENDIDAS EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.) QUE SE CONSIGNAN EN EL ANEXO (IF-2025-80536077-APN-SM#MEC) QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE DECRETO. DEROGASE EL DECRETO N° 308 DEL 12 DE JUNIO DE 2022. (1)

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Las “posiciones arancelarias” son códigos numéricos que identifican y clasifican internacionalmente las mercaderías que se comercian entre países. Así, por ejemplo, la PA 2502.00.00 representa a “Piritas de hierro sin tostar”, o la 4502.00.00 a “Corcho natural en bruto”.

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El anexo que refiere el decreto contiene 231 posiciones arancelarias (2). En la práctica significa que ningún mineral que se exporte tributará derecho de exportación (vgr. Retención), a excepción de la plata y el litio.

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Es decir que se resignan ingresos que en 2024 ascendieron a 567.000 millones de pesos, lo que obviamente impacta negativamente en el pretendido “déficit cero”.

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Desde el gobierno se manifiesta que la medida tiende a “seguir impulsando las exportaciones del sector minero”, destacándose que se presentaron 14 proyectos por US$ 16.200 millones en el marco del Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI). 

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Recordemos que el RIGI, entre otras facilidades para los inversionistas, dispone que a partir del cuarto año de puesto en marcha el proyecto de inversión, no tendrán obligación de ingresar divisas (esto es “traer los dólares”) resultantes de las exportaciones que concreten.

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Entonces, si no pagan Derechos de Exportación, resintiendo la situación fiscal, y tampoco van a ingresar los dólares, afectando la balanza de pagos, ¿cuál es la ventaja para nuestro país la de extraer y vender minerales al extranjero? ¿para qué sirve o a quienes beneficia esa exportación?.

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Además, y viendo la discusión pública planteada en torno a las retenciones de productos agropecuarios, que culminó en su reducción porcentual, quizás la pregunta más inquietante es: ¿Por qué esta medida está ausente de la agenda comunicacional?

(1) https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-563-2025-416053)

(2) https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/infoleg/dec563-416053.pdf