CONECTIVIDAD PARA EL DESARROLLO

«Los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados por esta autoridad», indica el ENACOM.

POR CLAUDIO ANGELINI

El Gobierno Nacional dispuso que a partir del 1º de enero próximo entre en vigencia el PLAN BASICO UNIVERSAL Y OBLIGATORIO para servicios de comunicaciones, televisión por cable e Internet. (1) Ello es posible en virtud de que los servicios de las tecnologías de la Información y las comunicaciones (TIC), junto al acceso a las redes de telecomunicaciones, fueron declarados de interés público en agosto de este año (Decreto 690). (Más abajo se detallan los beneficiarios y las condiciones).

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Recopilando información al respecto, nos topamos con una nota publicada por Infobae de autoría del periodista Roberto Cachanosky (2), cuyo nivel de agresividad, prejuicio y tergiversación de la realidad la hacen paradigma de una posición, ya no tan solo económica, sino humana, que, básicamente, mira con gran desprecio a un amplio sector de nuestro pueblo. Realizaremos su crítica como motivación de esta columna…

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Como para no ser acusado de ambiguo, el hombre titula: “Más pan y circo: ahora, tarifa social para internet, celulares y cable”  y en la bajada completa con: “Todo un universo de gente que ya es mantenida por los contribuyentes, tendrá un subsidio para estos servicios que el Gobierno calificó como derecho humano”.

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Bien, vayamos por partes y desagreguemos los términos de estas afirmaciones. Dando por entendido que con el término “pan” refiere a las diversas modalidades de ayuda social vigentes (Tarjeta Alimentaria, AUH, IFE, etc.) entonces el “circo” aludiría al conjunto de lo que genéricamente denominamos “bienes culturales” (deporte, música, cine, etc.). Consecuentemente, la tesis sostiene que la Internet se utiliza solamente para el ocio y/o actividades recreativas. Primera falacia. Si el lector, cualquiera sea su ocupación, ha debido hacer un trámite en la ANSES o en su Obra Social, tuvo que transaccionar por Home Banking, debió pagar sus facturas de servicios, presentar una declaración en la AFIP, etc, etc., sabe que esto no es así. Ni hablar de quien intervino en el proceso de educación a distancia, sea como alumno o como docente o de quienes solamente disponen del servicio de mensajería Whats App para comunicarse y hacer gestiones. Es decir, el acceso a la conectividad en nuestros días se ha convertido en una necesidad generalizada de primer orden, y por lo tanto es correcto que el Estado intervenga procurando que todos los habitantes puedan satisfacerla, independientemente de su poder adquisitivo. No hacerlo sería profundizar la desigualdad. En este sentido recobra importancia una adecuada gestión de la Televisión Digital Abierta (TDA) y el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos.

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Siguiendo con el libelo, en la bajada describe a los eventuales beneficiarios del Plan Básico Universal y Obligatorio como “un universo de gente que ya es mantenida por los contribuyentes”. O sea, dicho de modo coloquial, “estos negros que no trabajan y que les dan de comer con nuestra plata”. En esa forma de categorizar a diez millones de compatriotas está implícita su convicción de que “no trabajan porque no quieren”. Entonces, si está convencido que todos deberíamos trabajar, le preguntaría al citado periodista por qué desde que editorializa y opina en los medios de comunicación defiende y publicita un modelo económico que siempre, incluído el período 2015/2019, invariablemente destruyó empleo en nuestro país. También sería bueno saber que propone hacer con esos millones de marginados del sistema en lugar de ayudarlos a alimentarse, ¿habilitar barcos para exportarlos, por ejemplo? Esta posición comprueba que no hay nada malo con el proyecto agroexportador y de renta financiera que él defiende. El único detalle es que le sobran veinte millones de argentinos…

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El Sr. Cachanosky afirma que para concretar la prestación este segmento de población “…tendrá un subsidio…”. Pero no aclara que el Estado -y por ende “los contribuyentes”-, no son los que tendrán a su cargo el costo de este beneficio, sino las empresas oligopólicas prestadoras de este tipo de servicios, que estarán obligadas a prestarlos percibiendo las tarifas establecidas. Ello ni siquiera les reducirá su altísima rentabilidad (recuerde usted cuánto paga mensualmente por el cable de TV, Internet o telefonía), sino que hará que sea menor solo para algunos de sus usuarios, a los que ya no podrán esquilmar con las famosas “tarjetas prepagas”. Una disminución en su ganancia comparable a la que sufren cuando ofrecen un descuento del 50% por un año a quienes acceden a cambiarse de compañía telefónica, o a la bonificación que aplican las prestadoras de Internet cuando uno manifiesta la voluntad de interrumpir el servicio (que hacen que el usuario se pregunte «¿por qué no me la ofrecieron antes?, ¿me estaban robando?»). ¿Estará el Sr. Cachanosky tan preocupado por los resultados de esas empresas que perdió de vista esta particularidad?

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Refiriéndose a la conectividad, sostiene que “…el Gobierno la calificó como derecho humano…”. Esta afirmación es verdadera, pero incompleta. Claro que el gobierno la calificó así. No debería sorprender a nadie, conociendo la posición ideológica que orienta su accionar. Lo que no señala es que la misma calificación le asignó la Organización de Naciones Unidas. En el documento emitido el 27/06/2016 (3), se señala: “…3. Exhorta a todos los Estados a que promuevan y faciliten la cooperación internacional encaminada al desarrollo de los medios de comunicación y los servicios y tecnologías de la información y las comunicaciones en todos los países”; “4. Afirma que la calidad de la educación cumple un papel decisivo en el desarrollo y, por consiguiente, exhorta a todos los Estados a fomentar la alfabetización digital y a facilitar el acceso a la información en Internet, que puede ser una herramienta importante para facilitar la promoción del derecho a la educación”; “5. Afirma también la importancia de que se aplique un enfoque basado en los derechos humanos para facilitar y ampliar el acceso a Internet y solicita a todos los Estados que hagan lo posible por cerrar las múltiples formas de la brecha digital”. Ocultar esta declaración de la ONU y sostener que sólo el gobierno calificó caprichosamente como derecho humano la accesibilidad a las TIC, es una manera de mentir para bajarle el precio a una cuestión sumamente importante.

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Algo a lo que ya estamos acostumbrados…

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CONDICIONES:

El plan básico universal (PBU) y obligatorio que anunció el Gobierno nacional prevé paquetes de servicios móviles prepagos con 1 Giga de datos a un precio de $350 mensuales, al sumar los Valores del servicio prepago, de $150, y del paquete de datos, de $200.

Los usuarios que requieran el plan tendrán por $200 el paquete de 500 minutos de llamadas dentro de la misma red del operador, otros 50 minutos para conversaciones con móviles de otras empresas, 500 mensajes de texto, acceso gratuito a líneas 0800 y a páginas educativas, más plataforma de mensajería instantánea (whatsapp o similar) solo para texto, detallaron desde el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

PAQUETE DE DATOS: A esa prestación pueden sumarle 1 Giga de datos por $200 mensuales, o bien optar por la prestación básica universal más un cargo diario de $18 pesos para tener 50 megabytes para consumir en el día.
TELEFONÍA FIJA: Para la telefonía fija también se diseñó una propuesta de $380 mensuales que incluye 300 minutos de llamadas locales y de larga distancia, llamadas entrantes sin límites, llamadas libres a números 0800 y otros de emergencia

INTERNET FIJO: Para el servicio de internet fijo residencial sin incluir la tecnología satelital -por lo cual queda exceptuada la empresa DirectTV-, las compañías que tengan más de 50.000 cuentas deberán ofrecer en la zona del AMBA conexiones de hasta 10 megabits por segundo a $700 por mes; mientras que en el resto del país deben ofrecer hasta 5 megabits por ese mismo valor.

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BENEFICIARIOS

Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.

Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.

Beneficiarios también sus hijos entre 16 y 18 años.

Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.

Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.

Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.

Entidades de Bien Público como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

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(1) https://www.telam.com.ar/notas/202012/538984-internet-la-tarifa-social-preve-planes-prepagos-de-350-por-mes-que-incluyen-un-giga-de-datos.html#:~:text=12%2F2020%20conectividad-,

(2) https://www.infobae.com/opinion/2020/12/19/mas-pan-y-circo-ahora-tarifa-social-para-internet-celulares-y-cable/

(3) https://ap.ohchr.org/documents/S/HRC/d_res_dec/A_HRC_32_L20.pdf

(4) https://www.telam.com.ar/notas/202012/538984-internet-la-tarifa-social-preve-planes-prepagos-de-350-por-mes-que-incluyen-un-giga-de-datos.html#:~:text=12%2F2020%20conectividad-,Internet%3A%20la%20tarifa%20social%20prev%C3%A9%20planes%20prepagos%20de%20%24350%20por,una%20propuesta%20de%20%24380%20mensuales.